Es fácil para cualquiera ver que el mercado laboral en España puede ser un poco confuso. Por ello, el Estado ha creado un régimen para que los desempleados totales o parciales puedan recibir una prestación equivalente a las cotizaciones acumuladas por sus años de trabajo.
Ya conoce los requisitos para cobrar el paro acumulado que pueden ayudarle en estos momentos difíciles.
Requisitos para cobrar el paro acumulado
Los requisitos necesarios para recibir el paro acumulado consisten en la siguiente documentación:
- El modelo de demanda del desempleo oficial acumulado.
- Documentos de identidad, tanto personales como de los hijos e hijas que vivan con el solicitante o estén a su cargo, que se pretendan incluir en la solicitud.
- Un documento o registro bancario que muestre el número de la cuenta que posee el solicitante.
- La historia del libro o de los miembros de la unidad familiar.
- Un certificado emitido por la empresa o el empleador que acredite la situación legal actual del contrato de trabajo.
- Si la entidad que gestiona el proceso lo solicita, deberá presentar el recibo de resultados.
Nota: Para solicitar más información, se ha activado el siguiente número de teléfono de atención al ciudadano, al que se puede llamar: 901-119-999.
Quién tiene derecho a Paro
Las personas que pertenecen a los grupos que vamos a describir pueden empezar a reunir sus requisitos para cobrar el paro acumulado:
- Aquellos cuyo contrato temporal ha finalizado y no ha sido renovado.
- Aquellos cuyo contrato temporal ha finalizado y no ha sido renovado.
- Trabajadores que han sido despedidos individual o colectivamente.
- En caso de fallecimiento o jubilación del empresario.
- Si el empleado sufre una incapacidad permanente o total que le impide desempeñar sus funciones habituales.
- si se produce una suspensión o reducción temporal de la jornada en un expediente de regulación de empleo establecido por la empresa.
Como puede darse cuenta, uno de los requisitos fundamentales necesarios para cobrar el paro acumulado en España es que el trabajador esté obligado a abandonar (sea cual sea la causa) la empresa.
Sin embargo, hay situaciones especiales en las que, si el trabajador ha dejado su trabajo voluntariamente, también tiene derecho a acumular. Estos son:
- cuando se produce un traslado del centro o lugar de trabajo que requiere un cambio de residencia del trabajador.
- Si el trabajador regresa a España tras finalizar un contrato fuera de nuestro país.
- Los que han sido liberados de la cárcel.
- En caso de cese involuntario del trabajo de sindicato odministración estatal.
- Varios motivos de equidad determinados por una ley de conciliación o, por tanto, por un juez.
Para percibir el paro acumulado, tras comprobar que pertenece a los grupos mencionados, el beneficiario deberá cumplir las siguientes condiciones:
- Estar en situación legal de desempleo o paro.
- Y haber cotizado al menos 360 días al paro, en los 6 años anteriores al paro declarado.
Esto último significa que las personas que no han completado un año de desempleo no pueden cumplir los requisitos para recibir el desempleo acumulado. Junto a este caso, hay otras personas que no pueden solicitar prestaciones de desempleo acumuladas por diversos motivos:
- Ser autónomo. Sin embargo, más adelante hablaremos de las posibilidades de los autónomos.
- Personas que trabajan sin contrato.
- Amas de casa.
- Estudiantes.
- Los que han dejado la empresa voluntariamente. Estos últimos renuncian tanto a su derecho al paro como al acuerdo .
Cómo se reclama el paro
La tramitación de la solicitud de paro acumulado debe realizarse durante los 15 días hábiles siguientes. Deben contarse a partir del día siguiente a la formalización del paro. La solicitud puede presentarse de diferentes maneras, como por ejemplo
- El servicio electrónico <-> del Servicio Público de Empleo Estatal.
- En una oficina de prestaciones. Para esta vía, deberá obtener previamente su cita >> a través del servicio electrónico del Servicio Público de Empleo Estatal.
- En una oficina de registro pública.
- Por correo administrativo.
Una vez solicitado el paro acumulado, se le abonará cada 30 días, entre los días 10 y 15 posteriores al mes correspondiente a la acumulación. Inmediatamente empezarás a cotizar en la cuenta que hayas declarado como uno de los Requisitos para cobrar el paro acumulado.
Cómo se calcula el desempleo
El cálculo del paro se basa en las cotizaciones que ya te hemos explicado, realizadas en los 6 años anteriores al paro. Tenga en cuenta que incluso después de trabajar a tiempo parcial, cada día se cuenta como un día de trabajo. Además, las vacaciones no utilizadas se cuentan como días acreditados.
Para algunos que reúnen los requisitos necesarios para cobrar el paro acumulado, la cuantía de la prestación contributiva se calcula en el 70% de la base reguladora del trabajador.
Este sistema se utiliza durante los primeros 180 días de percepción de la prestación. A partir del día 181, se empieza a percibir el 60%, calculado a partir de la media de las bases de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los 180 días anteriores a la formalización del paro. Las horas extras no se tienen en cuenta para este punto.
Además, para el cálculo del pago acumulado, también hay que tener en cuenta los límites mínimos y máximos establecidos de año en año. El mínimo para cada caso es:
- 497 si el solicitante no tiene hijos a su cargo.
- 664,74 si el solicitante tiene hijos a su cargo.
En cambio, el importe máximo determinado para la prestación es el siguiente:
- 1.087,20 si el solicitante no tiene hijos a su cargo.
- 1.242,52 si el solicitante tiene un hijo a cargo.
- 1.397,83 si el solicitante tiene 2 o más hijos a su cargo.
Además de la prestación económica descrita, el Estado paga el 100% de la cotización comercial incluida en la seguridad social de los desempleados. A esto se añade el 35% de la cuota del trabajador.
¡Importante!
Para considerar a los hijos dependientes, ahora se tienen en cuenta los requisitos descritos:
- Que sean menores de 26 años.
- Si son mayores de 26 años, deben tener una discapacidad según la normativa especificada que sea igual o superior al 33%.
- Que vivan con el solicitante.
- Si no convives con el beneficiario, debe existir una obligación legal declarada por una resolución judicial.También se tienen en cuenta los acuerdos que puedan existir para la manutención del hijo o hija.
- Que carecen de ingresos propios iguales o superiores al salario mínimo interprofesional.
Tabla de días indicados de paro
Ya sabemos que el mínimo establecido para los días cotizados que son Los requisitos para cobrar el paro acumulado son 360 días en los últimos 6 años. Sin embargo, existe una herramienta que le permite definir con precisión los días de derecho a la prestación por desempleo.
Le dejamos ahora la tabla de los días indicados para la parada acumulada:
Periodo de cotización Derecho a prestación por desempleo días De 360 a 539 días120 días De 540 a 719 días180 De 720 a 899 días240 días De 900 a 1079 días De 1080 a 1259 días360 días De 1260 a 1979(días720 días
Preguntas frecuentes
Por último, responderemos a algunas de las preguntas más frecuentes sobre los requisitos para cobrar el paro acumulado. ¡Tenga mucho cuidado!
Qué tipos de desempleo se tienen en cuenta para el desempleo acumulado
En España, se aceptan dos tipos de desempleo para acceder a esta prestación:
- Desempleo total. Este puede ser el caso de un despido, si presentan una demanda por suspensión de empleo o simplemente cuando cesa la actividad profesional. Esto significa en cualquier caso que el demandante se vea privado de su salario.
- O el desempleo parcial. Esto ocurre cuando se reduce la jornada laboral ordinaria de un empleado, y con ella su salario. En estos casos, hay un margen de al menos el 10% y un máximo del 70% de la reducción salarial.
¿Cuáles son las condiciones para cobrar el paro acumulado si he trabajado menos de un año?
Los requisitos para cobrar el paro acumulado en este caso son:
- Que su situación legal refleje el desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo en el servicio estatal de empleo durante el tiempo que lo reciba.
- Haber cotizado al menos tres meses a un sistema de seguridad social, si tiene responsabilidades como miembro de la unidad familiar. Se permite en los casos en que no haya cubierto el periodo mínimo de 360 días para la prestación contributiva.
- Haber cotizado al menos 6 meses a un sistema de seguridad social, si no tiene responsabilidades como miembro de la unidad familiar. Se permite en los casos en que no haya cubierto el periodo de al menos 360 días para la prestación contributiva.
- No tener unos ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional establecido en el año de la solicitud.
¿Hay alguna forma de perder la posibilidad de cobrar el paro acumulado para ser autosuficiente?
No. En realidad, si una persona cobra el paro y se da de alta de autónomo, se le ofrecen dos opciones:
- Pida que le paguen la prestación para poder recuperarla más tarde si es necesario.
- Continúe recibiendo el pago acumulado durante otros nueve meses.
Es muy importante que las personas que han perdido recientemente su empleo puedan sobreponerse y buscar la ayuda que necesitan tras dejar su trabajo.
Por lo tanto, asegúrese de conocer los requisitos necesarios para cobrar el paro acumulado. ¡Si lo cumple, utilice esta guía y siga el proceso pronto!